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PARQUE EÓLICO “VIENTOS DEL CARIBE” A INSTALARSE EN OTHÓN P. BLANCO Q. ROO


Parque eólico, Dzilam Bravo. Foto: Haizel de la Cruz


PARQUE EÓLICO “VIENTOS DEL CARIBE” A INSTALARSE EN OTHÓN P. BLANCO Q. ROO


Articulación Yucatán


NOMBRE: PARQUE EÓLICOVIENTOS DEL CARIBE.


UBICACIÓN: Principalmente tierras de uso común de los ejidos Sergio Butrón Casas y Juan Sarabia, en el municipio de Othón P. Blanco, Quintana Roo. Se ubica a 14 km al oeste de Chetumal, 7.47 km al suroeste de la laguna Bacalar, 1.76 km al norte de la Carlos Madrazo y 1.64 km al norte de Prof. Sergio Butrón Casas. (Figura 1).


DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO: Parque eólico de 208 MW de capacidad instalada, con 52 aerogeneradores modelo Vestas de 4MW de potencia cada uno,y superficie totalde proyecto de 1871.2 hectáreas.


Contempla áreas para la instalación de cimentaciones y terraplenes; Red de media tensión, una subestación elevadora (5ha), una línea de transmisión de alrededor de 14 km (29 has y 70 torres de alta tensión) que conectará la subestación elevadora con la subestación Xul-Ha de CFE; caminos internos, áreas de oficinas y almacenes.


· Cada aerogenerador mide 170m de altura de torre, con palas de 78m de largo. (Figura 2). Con cimentaciones circulares de 23 m de diámetro y una “altura variable” no especificada. Por otro lado, indican que no se va excavar más “de 1.1 m de profundidad”, pero no presentan ni planos ni estudios de mecánicade suelos, entre otros. Señala el desarrollador que adicionalmente a las 52 cimentaciones, considerarán 13 posiciones de reserva adicionales, en caso que haya necesidad de reubicar algún equipo.



TIEMPOS PREVISTOS DEL PARQUE EÓLICO:

· Construcción: 26 meses.

· Operación: 30 años, con posible ampliación por que los equipos se irán renovando y tendrán un plan de mantenimiento constante.


EMPLEOS PREVISTOS POR EL DESARROLLADOR:

· Etapa de Construcción: hasta360 empleos temporales.

· Etapa de operación: hasta 15 empleosfijos.

En ningún caso se señalade qué tipo ni en qué condiciones. No obstante, el desarrollador concluye(MIA pag. 477), que el proyecto “trae como consecuencia el desarrollo económico y social de la zona, por que generará fuentes de empleo sobre todo en la etapa de construcción y por los beneficios de la renta de las tierras, que, al ser principalmente de uso común, recaerán en todos los ejidatarios de los ejidos de Sergio Butrón Casas y Juan Sarabia”.


USOS DEL SUELO DECLARADOS EN LA MIA, DE LA ZONA DEL PROYECTO:


· Pastizal cultivado, agricultura de temporal, vegetación secundaria arbórea de selva mediana.

· El desarrollador declara que “la zona está impactada, con notoria degradación ambiental por la extensa actividad agropecuaria”, sin embargo, requiere cambio de uso de suelo en 38.5 has de terrenos forestales.


ESTATUS ACTUAL DEL PROYECTO:


· Su proceso de Evaluación de Impacto Ambientalestá en curso.

La MIA ingresó a SEMARNAT a finales del 2021, y está en proceso de CONSULTA PÚBLICA hasta el 28 de marzo, fecha máxima donde cualquier persona puede ingresar comentarios y observaciones que considere pertinente al proyecto.


-Para descargar la MIA ingresar a https://apps1.semarnat.gob.mx:8443/consultatramite/inicio.php Con la clave: 23QR2021E0072


-Para ingresar comentarios a la MIA durante el proceso de Consulta Pública: https://www.semarnat.gob.mx/gobmx/transparencia/consultas.html


Nota:Desde Articulación Yucatán estamos preparando comentarios colectivos para ingresar a la Consulta Pública. Agradecemos tu colaboración con algún comentario u observación a la MIA, a más tardarel 26 de marzo al correo: articulacionyucatan@gmail.com, a fin de que podamos integrarlos al documento colectivo y entregar a tiempo a la SEMARNAT.


· Ya cuenta con “Estudio de Evaluación de Impacto Social (EvIS)”, según declara en la misma MIA, pero este documento no es público.


· Dado que el proyectopretende desarrollarse en territorio indígenaMaya, siguiendo las especificaciones de Ley, incluidaslas mismas de la IndustriaEléctrica, la SENERserá la encargada de desarrollar el proceso de Consulta a las comunidades Mayas, sobre la construcción y operación de dicho parque eólico.


 

Parque eólico, Dzilam Bravo. Foto: Haizel de la Cruz


Opiniones técnicas respecto a la Manifestación de Impacto Ambiental Regional del Proyecto:

“PARQUE EÓLICOVIENTOS DEL CARIBE”


que pretende ubicarse en el municipio de Othón P.Blanco, estado de Quintana Roo y promovido por la empresa, Eólica del Rocío, S.A. DE C.V.

Emitidas en el marco de la Consulta Pública de la SEMARNAT,con clave de Proyecto 23QR2021E0072.



La realización del presente documento, contó con los valiosos aportesde los siguientes especialistas:


Dra. ArianaEscalante, MIA. Jazmín Sánchez, Dr. Rodrigo Patiño, Dra. Ivet Reyes Maturano, MC. Alonso Gutiérrez Navarro(Grupo de AnálisisAmbiental), entre otros.


Fecha

28 de marzo 2022

1. La Manifestación de Impacto Ambiental (en adelante MIA) no presenta una descripción suficiente y detallada del proyecto y sus elementos (temporales y permanentes), lo cual es un requisito fundamental para el análisis de alternativas, identificación y evaluación precisade los impactos ambientales significativos (referente al cap. 2).

Muestra de ello, es que la promovente, no indica en el documento dispuesto a consulta pública,ni refiere algún anexo, información específica de los componentes principales del proyecto, y se limitaa señalarlos en mapas en una escala muy general, limitando así la identificación clara y la descripción detallada de los elementos causantes de impacto: ● La MIA omite un plano particular legible, así como la descripción detallada del sistemade drenaje que señalan realizarán para no afectarel río Ucum. Señalan que se presentaen un anexo en el programa de conservación de suelo y agua (pág. 51 cap. II), sin embargo, esa información tendríaque haberse incluidoen la información puesta a consulta pública y no fue así. ● La MIAomite también un plano particular, detallado y legible, de la ruta de traslado de los elementos de los aerogeneradores, considerando que las aspas son de 78 m en una sola pieza, y es necesario justificar plenamente cuáles y cómo serán atendidos, los efectos que genera el tránsito de infraestructura de grandes dimensiones. En particular, la MIA omite mencionar si el traslado de los equipos cumple con los radios de giro en las carreteras actuales cercanas al sitio del proyecto, tampoco presenta evidencia de que no habrá desplazamiento forzoso de infraestructura local de vivienda o de servicios públicos en la ruta a causa del traslado de dichos equipos. ● Discrecionalmente la MIA omite señalar información técnica indispensable, sobre los equipos emblemáticos del proyecto: losaerogeneradores. Evita incluir la ficha técnica de los equipos, y se limita a mencionar alturas, pero no indica pesos específicos de sus componentes (Pág. 45 Cap. 2). Cabe señalar que esto no es irrelevante, puesto que el aerogenerador llegará a medir hasta 248 m en total (cimentación, torre y aspa),y se instalará en suelokárstico. Por tanto, el promovente omitió presentar evidencia rigurosa del modelo de generador a instalar en el parque eólico y evidencia de su operatividad probada en sitioscon suelo kárstico. ● La MIA omite información detallada sobre las cimentaciones de los aerogeneradores, (pág. 42, cap. 2). Dadas las características del terreno, señalael promovente que: “no será necesarioexcavar a una profundidad mayorpara empotrar dicha cimentación a una profundidad de 1.1 m”. Sin embargo, no se presenta argumentación técnica suficiente que soporte dicho señalamiento, tampoco se presentan los estudios de mecánica de suelos ni del potencial impacto al acuífero, por el efecto de infraestructura de grandes dimensiones.


2. La MIA carece de sustentopara la justificación y seleccióndel sitio y no presenta alternativas para su evaluación (relativa al capítulo 2 y 7). Si bien es cierto que el incremento de la demanda energética, derivado de un modelo de desarrollo basado sobre todo en energéticos fósiles, y el cambioclimático, hacen necesaria una transición a la generación de energía mediante fuentes renovables y que generen pocos residuos, la mera sustitución tecnológica no garantiza una transición energética sostenible, pues la implementación de proyectosde gran escalase ha caracterizado también por la generación de serios conflictos socioecológicos, los cuales generalmente no se identifican y evalúan de manera integral en los instrumentos de evaluación de impacto socioambiental (Sánchez et al., 2019; Zárate et al., 2019; Zárate et al., 2021). Por lo tanto, el solo hecho de usar tecnología eólica en sí mismo no garantiza la viabilidad ambiental del presente proyecto ni mucho menos justifica por sí sola la instalación de un parque eólico --de las dimensiones y características en la presente MIA-- en la zona delimitada para el proyecto. Asimismo, la MIA (pág. 544) indica en su capítuloVII, relativo a la evaluación de alternativas que “No se cuenta con ningún sitio alternativo” y que los terrenos son adecuados, principalmente porque “no están en un área natural protegida, no está habitada, cuentacon las dimensiones necesarias y no hay infraestructura ni instalaciones que retirar”. Es decir, se pretende justificar con elementos en base principalmente a la disponibilidad técnica y económica a favor del promovente. En este sentido, se exhorta a SEMARNAT, en particular a la DGIRA, a negar la autorización de impacto ambiental, puesto que la MIA incumple los requerimientos necesarios de presentar un análisis real de viabilidad y evaluación de alternativas con elementos integrales de decisión socioambiental. 3. La MIA presenta una deficiente descripción y análisis sobre el medio socioeconómico, por tanto no exhibe una evaluación precisa de los impactos esperados a causa del proyecto (Respecto a los impactos positivos presentados en el capítulo5). En la justificacióndel proyecto afirman que los proyectos de energía renovable representan un impacto en el Producto Interno Bruto de 95,400 millones de pesos en el periodo2021-2020, utilizando datos del PIB de 2011.Sin embargo, el dato que menciona el promovente, además de obsoleto, se refiere a cifras proyectadas para el potencial geotérmico, que no está relacionado con el parque eólico en cuestión. Adicionalmente, la MIA afirma que la principal ventaja del proyecto eólico es la casi nula emisión de gases de efecto invernadero. Esta es una afirmación que no se sustenta con los datos puesto que se ha estimado que para los proyectos eólicos que se proyectan en México se requiere una cantidad aproximada de 1,337 miles de toneladas de minerales, principalmente de hierro.


Además de los minerales, se tendrían que considerar 1,200 toneladas de cemento para la cimentación para cada aerogenerador. Entonces, los insumospara poner en marcha el proyectoeólico provienen de la industriaminera y de la cementera, dos de las industrias que más emisionesde efecto invernadero producen (GeoComunes, 2020). Adicionalmente, en relación al supuesto incremento en la derrama económica para el municipio, por una parte, en la MIA se asegura que el personal implicado en el proyecto generará un incremento en la derrama económica al consumir productos y servicios locales para cubrir necesidades básicas. Por otra parte, en la MIA se menciona que sólo se contratará a 360 personas durante 26 meses y únicamente 15 personas permanentes para la operación y mantenimiento del proyecto. Con estas cifras no se sostiene que la cantidad de empleos en el municipio incremente una derrama económica que sea constante y, por ende, mejore las condiciones de calidad de vida de los habitantes en el largo plazo. Tampoco se aclara que las 15 personas de trabajo permanente sean habitantes del municipio, ya que por lo generaldicho tipo de trabajo sueleser especializado. Además, no se presentan los salarios que serían destinados para los posibles trabajadores. En consecuencia, no es posible afirmar una derrama económica significativa cuando la mayoría de los empleos son temporales, para pocas personas y sin esclarecer los salarios que se percibirán. El estudio también carece de una evaluación de los costosde oportunidad para el área en donde se ubicaráel proyecto. Sin este análisis de costos de oportunidad, es difícil proyectar ganancias económicas dentro del municipio. 4. El proyecto no realiza una evaluación del impacto ambientalpor ruido, pese a ser uno de los impactosmás significativos de la industriaeólica y requeridopor los estándares internacionales. El ruido es uno de los impactosmás significativos y reconocidos a nivel mundial,respecto a este tipo de industria. Cabe señalar, que los distintostipos de ruido de los aerogeneradores pueden ser de baja frecuencia, baja frecuencia impulsiva, tonal (sonidos con una frecuencia específica, similares a notas musicales) y banda ancha continua.Estos tipos de ruido pueden impactar tantoen la salud humana y calidad vida de las poblaciones cercanas a los parques eólicos, así como de la fauna que reside en las inmediaciones de un parque eólico (NRC, 2007). En la MIAse reconocen al menos 9 comunidades que habitan en las inmediaciones del proyecto eólico, incluyendo una (Sergio Butrón Casas) en el área de influencia del proyecto (Fig.4, pág. 14). El impacto generadopor las vibraciones de baja frecuencia de los parqueseólicos y sus efectos en los seres humanos aún no ha sido comprendido y evaluado totalmente. Algunos estudiosmédicos con poblaciones vecinas a parqueseólicos encontraron que “las personaspercibían e incluso podían contar las -vibraciones o


pulsaciones- de los aerogeneradores, que recibían en su cuerpo,principalmente en su pecho, como latidos cuando las aspas pasan por las torres del aerogenerador, y que esta sensación aún la percibían cuando no escuchaban el ruido del aerogenerador” (NRC, 2007). Por otro lado, el ruido no solo puede impactar a las poblaciones humanas,sino también a la fauna, que utilizael sonido a ciertas frecuencias, como mecanismos naturalesde vigilancia, defensa,locación, etc.; por tanto, su impacto a la fauna también debe ser analizado. Lainformación presentada por el promovente en la MIA, es insuficientey vaga, y no permite evaluar el impacto real debido al ruido, ni proponer las debidas medidas de mitigación. Por ejemplo, el promovente limita el análisis de dicho impactoa las actividades de construcción, y lo vinculaúnicamente a la NOM 080 y 081 de la SEMARNAT (Pág. 78 Cap. 2), siendo ambas normas de creación previa al desarrollo eoloeléctrico en México. También presenta una figura (#20, pág. 81, Cap. 2) que sugiere “el ruido estimado por un aerogenerador”, pero que carece de referencia científica, y que no puede considerarse como una representación gráfica de modelación del ruido por el complejototal de los 52 aerogeneradores estimados, en las condiciones eólicas y topográficas de las más de 1870 hectáreas, en dónde se proyectael parque eólico.Por tanto, no se sustentade ningún modoque el proyecto tendrá un impacto acústicodespreciable. Algunos estándares internacionales, como las “Guías de Medio Ambiente,Salud y Seguridad para la Industria Eólica” del Banco Mundial, señalan en relación al ruido que debe evaluarse conforme a los siguientes principios: ● Los receptores deben seleccionarse conformea su sensibilidad medioambiental (ser humano,ganado o fauna silvestre).

● Deben llevarse a cabo modelos preliminares para determinar si se precisa una investigación más detallada. La elaboración del modelo preliminar puede limitarse a suponer que la propagación será hemisférica (es decir, que la irradiación acústicase propaga en todas las direcciones a partir de un punto de origen). Los modelos preliminares deben centrarse en receptores sensibles en un radio de 2000 metros (m) desde cualquiera de los aerogeneradores de un parqueeólico.

● En todos los modelos debe tomarse en cuenta el ruido acumulativo derivado de todas las turbinas que pudieran tener el potencial de incrementar los nivelesacústicos. Con base en lo señalado, se exhorta a la SEMARNAT que soliciteal promovente la realización del estudio acústico, y que la evaluación incluya una metodología específica para el tema del impactode las bajas frecuencias y los batimientos; y éste no se concentreúnicamente a monitorear la intensidad del sonido. De igual forma se deberá analizar y evaluar el impacto acústico en la fauna del sitio.


5. La MIA no presenta los estudios de aves, siendo éste un elemento de análisis indispensable para la evaluación del impacto ambiental y para la propuesta de medidas de mitigación y prevención. Presenta serias deficiencias metodológicas en los puntos de muestreo dentro del SAR y contradicción de argumentos, para minimizar los impactos en la vegetación. El problema principal de los datos relativos al estudio de las aves presentado en la MIA, es que el promovente los agrupa en un anexo (“Estudio de Colisión”, pág. 423. Cap. 4), el cual no está disponible para la consulta pública, por lo tanto, no se puede conocer ni la diversidad ni la abundancia de aves, mucho menos se tiene información sobre los períodos y sitios de muestreo. Con la omisión intencional de esta información que: 1) por la naturaleza del proyecto se considera fundamental para la revisión y evaluación del impacto en la avifauna, 2) por el reconocimiento que incluso el promovente hace al principio del capítulo, dónde señala que el estado de Quintana Roo se encuentradentro de la región zoogeográfica neotropical, que le permite contar con una variedad de especies muy amplia, y más aún con especiesendémicas, y 3) por ser la península de Yucatán una región importante de paso de aves migratorias e incluir una basta Área de Importancia para la Conservación de las Aves (AICA), es claro que la MIA presenta información insuficiente y dista del obedecer a los principios de transparencia y acceso a la información públicaque, deben acompañar todo el procesode EIA. Otras graves deficiencias se observan tambiénen los estudios de flora,cuyos puntos de muestreo no reflejan representatividad en términos de la distribución de muestreo para todo el Sistema Ambiental Regional (SAR). Finalmente, se presenta también una serie de contradicciones importantes y discrecionales a favor del desarrollo del proyecto; basta mencionar un ejemplo en relación a la potencial afectación de la vegetación: por un lado el promovente señala que el Área del Proyecto (AP) se observa cómo una continuidad del SAR y no cómo una particularidad, por tanto es bajo el “argumento de continuidad del paisaje” en la región,que intenta sustentarque la construcción del proyectono va a comprometer la vegetación y flora nativa de la región (pág. 417, cap. 4). Sin embargo, en el diagnóstico ambiental (pág. 468, cap. 4), el promovente señala que “la flora y la fauna del sitio no se verán afectadas por el proyecto, con el argumento de que hay una importante fragmentación del hábitat que por sí misma ha disminuido la diversidad de especies de flora y fauna”.


6. Se presenta información parcial sobre la EvIS del proyecto, manteniendo una desvinculación de ambos instrumentos de evaluación lo que abona a unaidentificación y evaluación sesgada de los impactos socioecológicos derivados del Proyecto. En la MIA se menciona (sección 4.2.4) que la Evaluación de Impacto Social (EvIS) del proyecto se ha elaborado, de acuerdo con la legislación y normativas vigentes. Sin embargo, se ignora si la documentación correspondiente ha sido entregada a la Secretaría de Energía (SENER),aunque se entiendeque parte de la EvIS se incluyeen dicha secciónde la MIA, correspondiente a la evaluación del medio socioeconómico. En todo caso, el hecho de que existan dos instrumentos separados, la Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y la EvIS, que manifiestan los efectos del proyecto propuesto, respectivamente, a las autoridades ambiental (SEMARNAT) y de energía (SENER,quien además se convierte en juez y parte, dadoque esta misma oficina es la encargada de impulsar este tipo de proyectos), evaluados tambiénde forma desvinculada, ocasiona una deficiencia en el análisis sistémico y transdisciplinario de proyectos de energía de gran escala.

Adicionalmente, este análisis se hace todavía menos eficiente, en tanto que la SEMARNAT no ha realizado previamente una Evaluación Ambiental Estratégica (EAE) de carácter regional, tal como lo indica el Artículo 19 de la Ley de Transición Energética (2015), obligada para Zonas de Alto Potencial Energético, como lo es la península de Yucatán, de acuerdo con el Atlas de Zonas de Energía Limpia. La omisión de la EAE en Yucatán ha conducido a la implantación de un modelo de transición energética que responde únicamente a factores técnico-económicos, como el potencial energético de Yucatán, el déficit de generación eléctrica de la Península y a los intereses particulares de grandesempresas privadas, sin tomar en consideración las políticas regionales o locales de planeación y desarrollo, la existencia de ecosistemas frágilesy de población indígena, así como su relación con el territorio, entreotras características.

Esta omisión de la EAE y la desvinculación de la MIA y la EvIS, incitana las empresas promoventes a hacer un análisis deficiente del medio socioeconómico, que es requisito de la MIA, como se puede apreciar en el documento correspondiente, donde se concluye (pág. 468) que el parque eólico promocionará un desarrollo económico y social de la zona, sin un análisis riguroso ni sustento de la afirmación. La generación de empleos será mínima y no corresponde, en general, ni a empleos fijos ni bien remunerados. Por otro lado, las ganancias de los ejidatarios por elarrendamiento de sus tierras pueden generar conflictos sociales importantes, comose ha documentado en otros parques energéticos en los estados de Oaxaca (Zárate et al., 2019) y Yucatán (Zárateet al., 2021).


CONCLUSIONES:


Dado que el contenido de los documentos presentados en la MIA, tiene un bajo nivel de cumplimiento con los estándares internacionales, relativos a la Evaluación de Impacto Ambiental para el proyecto en cuestión; y tampoco obedece al carácter de transparencia y acceso a la información pública que, debe acompañar todo el procesode EIA. Así como el riesgo que el proyectorepresenta para el medio ambiente, se exhorta a la SEMARNAT a apegarse al principio precautorio establecido en el principio 15 de la Declaración de Río sobre el MedioAmbiente y el Desarrollo, negando la autorización del proyecto, ya que se considera que podría causar un daño grave e irreparable a los ecosistemas, ypuesto que el promovente no ha presentado información y estudios técnicos suficientes para desahogar dicha incertidumbre.


Así mismo se exhorta a la autoridad evaluadora, apegarse al Convenio sobre la Diversidad Biológica del cual México es parte, y aplica en casos en lo que exista peligro de daño ambiental grave o irreversible, la falta de certeza científicaabsoluta no deberáutilizarse como razón para postergarla adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del ambiente. La esencia de este principio radica en que, aún sin tener la certidumbre científica absoluta sobre una situación de peligro de daño grave e irreversible al ambiente, los Estados no deberán posponerel tomar medidasde protección ambiental. Medidas que las autoridades encargadas de velar por la protección al medio ambiente, en el ámbito de sus competencias, deben tomar en cuenta en todo momento:uno, antes de adoptar su decisión, para prevenir la generación de un daño; dos, cuando siguen el proceso para adoptarla, para minimizar cualquier daño, y tres, con posterioridad a tal decisión, para reparar los daños en caso de que haya sido imposible prevenirlos yminimizarlos.



Referencias:


Greening the Wind: Environmental and Social Considerations for Wind Power Development in Latin Americaand Beyond, (ESMAP,World Bank, 2011).


Environmental Impacts of Wind Energy Projects, (Prepublication Copy), (National ResearchCouncil, 2007). Wind Turbine Syndrome, (Pierpoint 2006)

Guías generales sobre MASS del Banco Mundial (2015).


Sánchez, J. et al. (2019) Expansión de proyectos de energía renovablede gran escala en la península de Yucatán.


GeoComunes. (2020) Alumbrar las contradicciones del Sistema EléctricoMexicano y de la transición energética.


Zárate, E. et al. (2019) Justice,social exclusion and indigenous opposition: A Case studyof wind energydevelopment on the Isthmusof Tehuantepec, Mexico.Energy Research and Social Science54, 1-11


Zárate, E. et al. (2021) In search of wind farm sustainability on the Yucatan coast: deficiencies and publicperception of Environmental Impact Assessment in Mexico. Energy Policy 158, 112525



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