top of page

Carta abierta al Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos (CIEDH) respecto al trabajo


Carta abierta al Centro de Información sobre Empresas y Derechos Humanos (CIEDH) respecto al trabajo de dicha organización respecto al sector de energía renovable.

Yucatán y Oaxaca, 6 de marzo de 2019


Los firmantes recibimos recientemente una invitación para participar en un “Conversatorio sobre proyectos de energía renovable en Yucatán”, convocada por el CIEDH e Indignación AC, que tendrá lugar en Mérida el 6 de marzo de 2019. Con esta carta queremos compartir con ustedes una serie de preocupaciones respecto a la labor del CIEDH en este ámbito, y abrir una discusión amplia sobre temas que consideramos importantes y van más allá de organizaciones concretas.


Escribimos esta carta en un espíritu constructivo y con la voluntad de aclarar posibles malentendidos. También con la intención de plantearles públicamente una serie de comentarios y críticas que algunos hemos realizado previamente de forma directa y privada, sin obtener respuestas.


La carta tiene una primera parte con una narración de los hechos como los hemos vivido, una segunda parte con nuestra interpretación de esos hechos, y una tercera parte con conclusiones y preguntas.


1.- CIEDH y la narrativa sobre el sector de las energías renovables


En 2016, el CIEDH, Transform Finance y Sonen invitaron a Sergio Oceransky de Yansa a ser parte de un panel de expertos que asesoraría de forma voluntaria en la preparación de un informe para inversionistas sobre los impactos de los megaproyectos de energía renovable en las comunidades. El informe se publicó en inglés en abril de 2017 bajo el título Investor Briefing: Renewable Energy Impacts on Communities, Managing Investors’ Risks and Responsabilities[1].


En diciembre de 2017, Sergio Oceransky envió a CIEDH un documento de 9 páginas en inglés (adjunto a esta carta) con una serie de observaciones al borrador de informe. Los puntos principales fueron:

  • Desacuerdo en que el informe presentara a la Consulta y Consentimiento Libre, Previo e Informado como el indicador más importante de respeto a los derechos colectivos. Motivos por los que, tal y como es actualmente conceptualizada, regulada y llevada a la práctica, la Consulta y Consentimiento se han convertido en una fuente adicional de violencia contra los defensores de derechos, y en una herramienta para imponer megaproyectos, legitimar la violación de derechos sustantivos, y negar el derecho a la libre autodeterminación de los pueblos y comunidades indígenas.

  • Desacuerdo en que el informe presentase las respuestas dadas por las empresas a un formulario enviado por CIEDH como representativas de sus prácticas en materia de derechos humanos.


La versión final del informe incorporó varios puntos y sugerencias enviadas por Sergio, pero mantuvo el énfasis en la Consulta y Consentimiento Libre, Previo e Informado como el indicador más importante de respeto a los derechos colectivos, y siguió tratando las respuestas dadas por empresas a cuestionarios y/o las informaciones publicadas por las empresas respecto a sus políticas de derechos humanos como fuente fiable de información.


Posteriormente, el 5 de septiembre de 2018, CIEDH publicó un informe en inglés llamado “Renewable Energy Risking Rights & Returns: An analysis of solar, bioenergy & geothermal sectors”[2], publicado en español el 17 de enero de 2019 con el título “Riesgos para los derechos y ventajas de las energías renovables: Un análisis sobre los compromisos en materia de derechos humanos de las empresas solares, de bioenergía y geotérmicas”[3]. Dicho informe presenta reiteradamente a SunPower como líder en el respeto a los derechos humanos, por ejemplo en el siguiente párrafo:


La política de derechos humanos de SunPower es un ejemplo de buena práctica, ya que hace referencia a las normas internacionales pertinentes, a la apropiación por parte de la dirección ejecutiva, a la supervisión de la junta directiva y a su aplicación a los proveedores. La empresa se compromete explícitamente con las normas internacionales de derechos humanos relevantes, entre ellas, la Declaración Universal de Derechos Humanos, los Convenios de la OIT y los Principios Rectores de la ONU sobre las Empresas y los Derechos Humanos. El director ejecutivo de operaciones de la empresa supervisa la política e informa a la junta directiva de su aplicación. El Consejo de Sostenibilidad de la Junta supervisa cualquier cuestión específica sobre tráfico de personas.


Previo a la publicación del informe, diversos medios de comunicación habían publicado noticias relativas a los serios problemas graves violaciones a derechos humanos cometidas en relación a los megaproyectos solares Ticul A y Ticul B, planeados por dos subsidiarias de SunPower en Yucatán. Asimismo, una representante del CIEDH había visitado Yucatán en julio de 2018 y se había reunido con miembros de Articulación Yucatán y de la Asamblea de Defensores del Territorio Maya Múuch’ Xíinbal, por lo que tenían conocimiento previo del asunto. Es de señalar que la persona del CIEDH dio información falsa a la Asamblea de Defensores del Territorio Maya Múuch’ Xíinbal respecto a su afiliación organizativa y sus propósitos, haciéndose pasar por una estudiante de posgrado en lugar de identificarse como miembro de una ONG, y también dio información falsa (por escrito) respecto a los fines para los que estaba juntando información respecto a proyectos de energía renovable en Yucatán.


Pese a las críticas recibidas previamente en el contexto del informe para inversionistas, CIEDH mantuvo en su segundo informe el mismo enfoque respecto a emitir opiniones sobre la base de informaciones publicadas por las empresas, tales como sus políticas de derechos humanos. También mantuvo el mismo énfasis en la Consulta y el Consentimiento como indicadores clave de respeto a derechos.


En otro contexto, CIEDH propuso a Yansa participar en un proyecto conjunto con el Columbia Center on Sustainable Investment y Equitable Origin acerca de la energía renovable y los Objetivos de Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas. Yansa explicó a CIEDH que no podría participar en un proyecto junto con Equitable Origin debido al enfoque de dicha organización (consistente en certificar como “sustentable” y “equitativos” a megaproyectos de energía a través de procesos de certificación pagado por las mismas empresas y llevados a cabo por consultoras privadas), a su experiencia previa (habiendo certificado proyectos de petróleo y gas en Colombia que definitivamente no cumplían con requisitos mínimos para recibir dicho certificado), y a sus fuentes de financiamiento (habiendo recibido entre otros apoyos de Mitsubishi, accionista principal del proyecto Mareña Renovables y Eólica del Sur, ambos involucrados en serias violaciones a derechos humanos en el Istmo de Tehuantepec, y a otros proyectos sumamente problemáticos en varias partes del mundo). CIEDH decidió no tomar en cuenta la información proporcionada por Yansa y llevar a cabo el proyecto en colaboración con Equitable Origin. Yansa no participó en el proyecto.



2.- Interpretación



Desde nuestra perspectiva, la forma en que el CIEDH representa a las empresas en el sector de energía renovable, las recomendaciones que ofrece a las empresas e inversionistas, y la forma de operar en general de la organización en este ámbito[4], es problemática debido a varios motivos.



a) Amplificación de mensajes corporativos


El hecho de que CIEDH elabore sus informes, en gran medida, sobre la base de informaciones provenientes de las empresas, permite a éstas amplificar el mensaje de “responsabilidad” elaborado por sus respectivos departamentos de relaciones públicas.


Lo mínimo que se podría esperar de una organización con el tamaño y medios económicos de que dispone el CIEDH sería que constate la validez de lo que afirman las empresas sobre sí mismas, o al menos que no lo dé por válido en sus informes presentando como líderes en derechos humanos a empresas por el simple hecho de que afirmen serlo. Sin embargo, la organización ha decidido hacer caso omiso a las críticas emitidas previamente respecto a este asunto, y sigue basando sus informes en información corporativa. De este modo, el CIEDH ayuda a generar un discurso público incorrecto/manipulado, que favorece a empresas violadoras de derechos humanos como SunPower. Esto tiene consecuencias negativas para las comunidades afectadas por sus megaproyectos.



b) Los derechos colectivos, reducidos a la Consulta y el CLPI


El trabajo del CIEDH refuerza un discurso, adoptado por múltiples empresas y gobiernos, de acuerdo al cual la Consulta y el Consentimiento Libre, Previo e Informado (CLPI) son indicador suficiente de respeto a los derechos colectivos. Este discurso relega a los pueblos indígenas y comunidades locales al papel de objeto de derecho, en lugar de darles un papel activo como sujetos de derecho. Asimismo, contribuye a legitimar las prácticas actuales de “consulta” y “consentimiento”, pese a estar ampliamente documentado que, lejos de garantizar el respeto de derechos sustantivos (a la tierra, a un medio ambiente sano, etc.), dichos procedimientos se están utilizando para negar dichos derechos.


Los pueblos y organizaciones indígenas de todo el continente llevan años reclamando que se les reconozca como sujetos de derecho y que se adapten las medidas legales necesarias para que puedan ejercer plenamente su derecho a la libre autodeterminación, lo cual va mucho más allá de ser consultados o negociar su consentimiento respecto a proyectos o iniciativas de terceros. El CIEDH, sin embargo, ha decidido ignorar los comentarios críticos y seguir presentando en sus informes la Consulta y el Consentimiento Libre, Previo e Informado como indicador clave y suficiente de respeto a los derechos colectivos. Este discurso es sumamente dañino.



c) Extracción de conocimiento y falta de transparencia


La falta de transparencia y honestidad en la interacción con la Asamblea de Defensores del Territorio Maya Múuch’ Xíinbal es muy preocupante. No entendemos por qué la representante de CIEDH no fue transparente respecto a su identidad y sus objetivos (los cuales, por cierto, siguen siendo poco claros).


La interacción con Sergio Oceransky también operó como proceso de extracción de conocimiento, más que como un intercambio equitativo. El CIEDH decidió mantener el enfoque del informe en torno a la Consulta y Consentimiento Libre, Previo e Informado como indicador clave de respeto a los derechos colectivos, sin ninguna conversación o discusión respecto a los comentarios críticos sobre este punto planteados por Sergio en su escrito de diciembre de 2017. El CIEDH simplemente tomó las partes que le parecieron convenientes de las contribuciones hechas voluntariamente por Sergio (incluyendo textos solicitados por CIEDH tras recibir el documento de diciembre de 2017), y desechó el punto central sin mayor discusión. Este tipo de relación no genera confianza.



3.- Conclusiones y preguntas


Quienes firmamos este documento no dudamos que CIEDH tenga la mejor intención de contribuir a una mejora en los estándares de respeto a los derechos humanos en el sector de energía renovable. Seguramente, el hecho de que la organización trabaje este tema ayuda a crear conciencia entre las empresas respecto al hecho de que están siendo observadas, y esto puede estar generando cambios positivos. Sin embargo, pensamos que algunas de las decisiones de la organización van contra el objetivo de mejorar los estándares de respeto a derechos humanos, y (en especial) a derechos colectivos. Hemos transmitido esta conclusión a CIEDH de forma directa, sin obtener respuesta.


Escribimos esta carta con la intención de ampliar la discusión sobre los tres puntos ya mencionados: (a) amplificación acrítica de información corporativa, (b) reducción de derechos colectivos a la consulta y el CLPI, y (c) extractivismo de conocimiento combinado con falta de transparencia.


Nuestro objetivo no es que la discusión se centre exclusivamente en el CIEDH, pues esta discusión es relevante más allá de dicha organización. Pero tenemos algunas preguntas específicas para el CIEDH que no queremos dejar la ocasión de plantear:

  • ¿Por qué decidieron darle un papel prominente a SunPower como líder en el respeto a derechos humanos, pese a saber al menos desde julio de 2018 las violaciones a derechos humanos cometidas en relación a proyectos de dicha empresa en Yucatán?

  • ¿Cuál era el objetivo de la visita de una representante de CIEDH a Yucatán en julio de 2018? ¿Con qué fin buscaron información sobre proyectos de energía renovable en Yucatán?

  • ¿Cuáles son las fuentes de financiamiento de su trabajo sobre energía renovable, y las sumas recibidas de cada fuente? Contribuiría mucho al restablecimiento de confianza que desglosaran las fuentes y sumas recibidas para cada uno de los proyectos (informe a inversionistas de abril de 2018, informe de septiembre de 2018, proyecto sobre Objetivos de Desarrollo Sustentable, trabajo en Yucatán, y otros proyectos e iniciativas relacionados con energía renovable).


Más allá de estas preguntas, quisiéramos buscar una ocasión apropiada para tener una discusión en profundidad sobre las relaciones de poder entre las ONGs (especialmente ONGs internacionales como el CIEDH) y las organizaciones comunitarias y ciudadanas de base que hacen la mayor parte del trabajo de campo en este ámbito (y en muchos otros). Desde nuestra perspectiva, este caso supone un buen ejemplo de un problema mucho mayor, y nos ofrece por tanto una buena ocasión para una discusión abierta y clara al respecto.


En relación a la invitación al conversatorio cursada por el CIEDH y por Indignación AC, en este momento sentimos que nuestra participación en el mismo serviría únicamente para que consigan más información con fines poco claros, en una relación que no es transparente ni equitativa, que en el mejor caso puede servir para que sigan obteniendo fondos para un trabajo con el que no nos identificamos, y en el peor de los casos continuaría legitimando a empresas que deberían ser atacadas públicamente. En estas condiciones, lamentamos no poder cooperar con ustedes. Esperamos que los puntos señalados en esta carta puedan ser tratados de forma adecuada, de tal forma que una cooperación quizás sea posible en el futuro, dado que es importante que quienes trabajamos en estos temas unamos fuerzas y nos apoyemos mutuamente en relaciones claras, transparentes y equitativas.


Saludos cordiales,


Asamblea de Defensores del Territorio Maya Múuch’ Xíinbal

Fundación Yansa






[1] https://business-humanrights.org/sites/default/files/Investor%20briefing%20-%20Renewable%20energy%20-%20Apr%202017.pdf


[2] https://www.business-humanrights.org/en/renewable-energy-risking-rights-returns-an-analysis-of-solar-bioenergy-geothermal-sectors-0


[3] https://www.business-humanrights.org/es/an%C3%A1lisis-sobre-los-compromisos-de-derechos-humanos-de-las-empresas-solares-de-bioenerg%C3%ADa-y-geot%C3%A9rmicas


[4] Estas observaciones se refieren solamente al trabajo en este sector. No contamos con elementos para emitir opiniones sobre el trabajo en otros sectores, que podría ser sumamente válido.



Entradas destacadas
Entradas recientes
Archivo
Buscar por tags
Síguenos
  • Facebook
  • Canal de YouTube
bottom of page